
Fuente: Twitter de Ruth Villanueva Castilleja
El 10 de diciembre se celebra todos los años el Día de los Derechos Humanos, coincidiendo con el aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que se aprobó en 1948. Fue dos años después de la aprobación, en 1950, cuando la Asamblea General proclamó el 10 de diciembre como el Día de los Derechos Humanos.
Este año, el tema del Día de los Derechos Humanos está relacionado con la pandemia de COVID-19 y se centra en la necesidad de reconstruir para mejorar, asegurándose de que los derechos humanos sean la base para los esfuerzos de recuperación. Solo alcanzaremos nuestros objetivos comunes en todo el mundo si somos capaces de crear igualdad de oportunidades para todos, abordar los fracasos que la pandemia ha dejado en evidencia y aplicar las normas de derechos humanos para hacer frente a las desigualdades, la exclusión y la discriminación arraigadas.
Fuente: ONU - Derechos Humanos
Los derechos humanos deben ser una prioridad en el mundo después de la pandemia por COVID-19.
La crisis del COVID-19 se ha visto alimentada por el agravamiento de la pobreza, el aumento de las desigualdades, la discriminación estructural en la protección de los derechos humanos. Solo las medidas para cerrar estas brechas y promover los derechos humanos pueden garantizar una plena recuperación y la reconstrucción de un mundo mejor, justo y sostenible.
- Erradicación de cualquier tipo de discriminación: la crisis del COVID-19 se ha visto alimentada por la discriminación estructural y el racismo.
- Actuación frente a las desigualdades: para recuperarnos de la crisis, debemos afrontar la pandemia de la desigualdad. Para ello, necesitamos fomentar y proteger los derechos económicos, sociales y culturales.
- Impulsar la participación y solidaridad: todos estamos juntos en esto. Desde las personas hasta los gobiernos, desde la sociedad civil y las comunidades de base hasta el sector privado, todo el mundo tiene una función que desempeñar en la construcción de un mundo después de la pandemia de COVID. Tenemos que asegurarnos de que las voces de los más afectados y vulnerables informen de las actividades de recuperación.
- Impulsar el desarrollo sostenible: La Agenda 2030 y el Acuerdo de París son los pilares de una recuperación que no deja a nadie atrás.
Fuente: Naciones Unidas.


Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.
Los principios de los derechos humanos son:
- Inalienables. No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales. Se puede restringir el derecho a la libertad si un tribunal de justicia dictamina que una persona es culpable de haber cometido un delito.
- Iguales y no discriminatorios: La no discriminación es un principio transversal en el derecho internacional de derechos humanos. Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
- El principio se aplica a toda persona en relación con todos los derechos humanos y las libertades, y prohíbe la discriminación sobre la base de una lista no exhaustiva de categorías tales como sexo, raza, color.
- Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos.
- La aplicación de los derechos humanos a la que se encuentran obligadas todas las autoridades se rige por los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
- El principio de la universalidad. Todas las personas son titulares de todos los derechos humanos. No obstante, para lograr la igualdad real se debe atender a las circunstancias o necesidades específicas de las personas.
- Principio de Interdependencia: Consiste en que cada uno de los derechos humanos se encuentran ligados unos a otros, de tal manera que el reconocimiento de uno de ellos , así como su ejercicio, implica necesariamente que se respeten y protejan múltiples derechos que se encuentran vinculados.
- Principio de Indivisibilidad: Los derechos humanos no pueden ser fragmentados sea cual fuere su naturaleza. Cada uno de ellos conforma una totalidad, de tal forma que se deben reconocer, proteger y garantizar de forma integral por todas las autoridades.
- Principio de interdependencia e indivisibilidad: Todos los derechos humanos, sean éstos los derechos civiles y políticos, como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresión; los derechos económicos, sociales y culturales, como el derecho al trabajo, la seguridad social y la educación; o los derechos colectivos, como los derechos al desarrollo y la libre determinación, todos son derechos indivisibles, interrelacionados e interdependientes.
- Principio de Progresividad: Constituye una obligación del Estado para asegurar el progreso en el desarrollo constructivo de los derechos humanos, al mismo tiempo, implica una prohibición para el Estado respecto a cualquier retroceso de los derechos.
Fuente: ONU - Derechos Humanos
La Declaración Universal de los Derechos Humanos
La Asamblea General proclama la Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.
La Declaración Universal promete a todas las personas unos derechos económicos, sociales, políticos, culturales y cívicos que sustenten una vida sin miseria y sin temor. No son una recompensa por un buen comportamiento. No son específicos de un país concreto, ni exclusivos de una determinada era o grupo social. Son los derechos inalienables de todas las personas, en todo momento y en todo lugar: de personas de todos los colores, de todas las razas y etnias, discapacitados o no, ciudadanos o migrantes, sin importar su sexo, clase, casta, creencia religiosa, edad u orientación sexual.
Consulta el documento de Derechos humanos.
Comisión Nacional de los Derechos Humanos en México
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos es un organismo autónomo del Estado mexicano que, además de vigilar el respeto a los derechos fundamentales, está obligado a promocionarlos y difundirlos mediante temáticas y proyectos que estimulen el conocimiento y la salvaguarda de los derechos humanos en el ámbito de actuación de la sociedad y las instituciones públicas.
Se trata de documento jurídico esencial que establece nuestra identidad nacional, así como los acuerdos fundamentales para convivir en una nación democrática y de libertades. Su transformación en el tiempo y espacio ha actualizado en su contenido las aspiraciones, necesidades y cambios que la sociedad y el gobierno han impulsado y convenido en beneficio del país entero. Conoce procedimiento para la presentación de una queja.
Fuente: CNDH.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos
México es un país con una gran riqueza cultural y étnica, al contar con varias decenas de etnias autóctonas, cuya existencia no había sido reconocida por el mundo del derecho sino hasta hace muy poco tiempo, por lo que en consecuencia no se habían desarrollado normativamente un grupo de derechos sociales tan importantes como los derechos de los pueblos y comunidades indígenas de nuestro país.
El artículo 2º constitucional establece un marco general para el desarrollo de órganos de representación de las comunidades indígenas, reconociéndoles sus derechos a la autonomía y a la libre determinación, así como el uso y aplicación de su derecho consuetudinario y el acceso a la tenencia de la tierra y al uso y disfrute de los recursos naturales.
Los pueblos y las personas indígenas constituyen uno de los sectores de la sociedad mexicana que requiere mayor atención para su desarrollo económico, político, social y cultural. Por ello, es necesario construir en el país una cultura de respeto, tanto a sus derechos individuales como a los que adquieren como miembros de una comunidad.
Fuente: CNDH - Pueblos Indígenas
Red de cooperación y colaboración de los Derechos Humanos
Desde su creación en 1990, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) ha establecido una extensa red de cooperación y colaboración con:
- Organismos internacionales, instituciones nacionales de promoción y defensa de los derechos humanos. Oficinas de Ombudsman en el mundo, así como con organizaciones no gubernamentales internacionales en la materia.
- A fin de intensificar la relación con los sistemas universal y regional de derechos humanos, de tal forma que se aborden los temas de vanguardia en estos rubros y se propongan e impulsen nuevas temáticas de trascendencia.
- Se analizan las políticas, estudios y tendencias más actuales en materia de derechos humanos que genera y propone la comunidad internacional, así como una participación más activa en la aportación y enriquecimiento de resoluciones o documentos sobre derechos específicos o de grupos en el ámbito de la Organización de las Naciones Unidas en virtud de los tratados internacionales suscritos y ratificados por México.


Comisión de Derechos Humanos en el Estado de México
La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (CODHEM) es el organismo público autónomo responsable de la promoción de la cultura de los derechos humanos, así como la prevención y atención de violaciones a los derechos humanos de quienes habitan o transitan por el territorio mexiquense, con el fin de salvaguardar su dignidad.
¿Qué es una Recomendación?
Es una resolución derivada de una investigación en la que se acreditan violaciones a derechos humanos. El documento incluye la descripción de los hechos, las evidencias reunidas resultado de las diversas diligencias practicadas por personal adscrito a las Visitadurías del Organismo, así como las ponderaciones, que describen y argumentan los derechos humanos vulnerados a las personas por actos u omisiones de las autoridades y servidores públicos en ejercicio de sus funciones.
Esta Comisión ha reconocido que la violencia de género, y en particular, la violencia feminicida es una problemática que afecta a nuestra entidad, por lo que se emitió la Recomendación General 1/2018.
La CODHEM brinda asesoría u orientación jurídica gratuita las 24 horas del día, los 365 días del año, a través del teléfono 800 999 4000. O en sus oficinas: Av. Nicolás San Juan #113, Col. Ex Rancho Cuauhtémoc. CP 50010, Toluca, México.
Líneas de atención del Consejo Ciudadano para la Prevención y Eliminación de la Discriminación aquí.
Enlace de Queja o denuncia por abuso de poder o violación de derechos.
Fuente: CODHEM
