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GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO

 
 

En el 2010, el Gobierno del Estado de México lanzó el Sistema Electrónico de Información, Trámites y Servicios del Estado de México (SEITS). Desde entonces seguimos trabajando para innovar los actos y procedimientos administrativos, y con ello ofrecer una comunicación cada vez más efectiva entre gobierno y ciudadano. Cualquier duda respecto a los trámites y servicios del GEM, llama al Centro de Atención Telefónica, donde te atenderán con gusto.

 
 

Consulta el significado de palabras clave:

Autenticación: al proceso por el cual se constata que un titular es quien dice ser y que tal situación es demostrable.

Autenticidad: a la certeza que un documento digital electrónico determinado fue emitido por el titular y que, por lo tanto, el contenido y las consecuencias jurídicas que del mismo deriven, le son atribuibles a éste, en tanto se consideran expresión de su voluntad.

Conservación: a la existencia permanente de la información contenida en un documento electrónico o en el Registro Único de Personas Acreditadas en el Estado de México y/o intercambiada en el Sistema Electrónico de Información, Trámites y Servicios lo que la hace susceptible de reproducción.

CUTS: a la Clave Única de Trámites y Servicios, por la cual se reconoce la identidad electrónica de los sujetos inscritos en el Registro Único de Personas Acreditadas en el Estado de México.

Documento electrónico: al soporte escrito con caracteres alfanuméricos, archivo de imagen, video, audio o cualquier otro formato tecnológicamente disponible, que contenga información en lenguaje natural o convencional, intercambiado por medios electrónicos, con el que sea posible dar constancia de un hecho y que esté signado con la firma electrónica avanzada y/o en el que se encuentre plasmado el sello electrónico.

Expediente digital: al conjunto de documentos electrónicos que, sujetos a los requisitos de esta ley, se utilicen en la gestión electrónica de trámites, servicios, procesos y procedimientos administrativos y jurisdiccionales.

Firma Electrónica: a la emitida por la Unidad Certificadora conformada por el conjunto de datos y caracteres que permite la identificación del firmante, que ha sido creada por medios electrónicos bajo su exclusivo control, de manera que está vinculada únicamente al mismo y a los datos a los que se refiere, lo que permite que sea detectable cualquier modificación ulterior de éstos y que produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa.

Firma Electrónica Avanzada: al conjunto de datos y caracteres que permite la identificación del firmante, que ha sido creada por medios electrónicos bajo su exclusivo control, de manera que está vinculada únicamente al mismo y a los datos a los que se refiere, lo que permite que sea detectable cualquier modificación ulterior de estos, la cual produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa.

Firma Electrónica Notarial: al certificado digital de Firma Electrónica emitido por la Unidad Certificadora de Gobierno en términos de la presente ley y demás disposiciones aplicables, el cual tiene igual valor jurídico que su firma autógrafa y su sello de autorizar.

Gobierno Digital: a las políticas, acciones, planeación, organización, aplicación y evaluación de las tecnologías de la información para la gestión pública entre los sujetos de la presente Ley, con la finalidad de mejorar los trámites y servicios para facilitar el acceso de las personas a la información así como hacer más eficiente la gestión gubernamental para un mejor gobierno.

Identidad electrónica: al conjunto de datos con los cuales los sujetos de la presente Ley, se han identificado con carácter legal como únicos ante la Dirección al inscribirse en el Registro Único de Personas Acreditadas en el Estado de México.

Ley: a la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios.

Medios electrónicos: a la tecnología que permita transmitir o almacenar datos e información, a través de computadoras, líneas telefónicas, microondas o de cualquier otra naturaleza.

Mensaje de datos: a la información generada, enviada, recibida o archivada por medios electrónicos o cualquier otra tecnología.

No repudio: al servicio de seguridad por el que es posible probar la participación de las partes en el intercambio de un mensaje de datos o documento electrónico firmado y/o sellado electrónicamente.

Personas: las personas físicas o jurídicas colectivas que decidan utilizar los medios electrónicos ante los sujetos de la Ley.

Portales Informativos: al sitio web de los sujetos de la Ley que, de forma sencilla e integrada, acceso única y exclusivamente a la información que se ofrece a las personas.

Portales Transaccionales: al espacio de un sitio web de los sujetos de la Ley que da acceso al SEITS en donde se encuentran de forma sencilla e integrada, los trámites y servicios, mediante los cuales se pueden realizar transacciones entre las personas con los sujetos de la Ley responsables de la información y los servicios ofrecidos en los portales.

RETyS: al Registro Estatal de Trámites y Servicios.

RUPAEMEX: al Registro Único de Personas Acreditadas en el Estado de México.

Secretaría: la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México.

SEITS: al Sistema Electrónico de Información, Trámites y Servicios del Estado de México.

Sello Electrónico: al conjunto de datos electrónicos asociados a una CUTS, a través del cual se reconoce la identidad electrónica de los sujetos de la presente Ley y cuyo propósito es identificarlos unívocamente como autores legítimos de un mensaje de datos o documento electrónico, así como la fecha y hora de su emisión.

Tecnologías de la información y Comunicación: al conjunto de elementos y técnicas utilizadas en el tratamiento y transmisión de información vía electrónica, a través del uso de la informática, Internet o las telecomunicaciones.

Titular: a la persona que posee un dispositivo de creación de Sello Electrónico y que actúa por su propio derecho o en representación de una persona física o jurídica colectiva.

Unidad Certificadora: a la unidad administrativa, adscrita a la Dirección, que tiene a su cargo la emisión del sello electrónico y firma electrónica, administra la parte tecnológica del procedimiento y emite los certificados del mismo.

Unidad Registradora: a la Unidad Administrativa dependiente de la Dirección encargada de generar la CUTS para el acceso al SEITS.

 

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